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Como adelantábamos, un procurador es el profesional que representa a las partes ante el órgano judicial y se ocupa de que el procedimiento avance con orden: comunicaciones, plazos y gestión procesal. Aquí te explicamos qué hace, cuándo interviene y por qué su rol es clave para que todo funcione.

¿Qué hace un procurador?

Aunque las funciones exactas pueden variar según el procedimiento, el juzgado y la práctica forense, hay un núcleo común:

Representación formal ante el órgano judicial

El procurador es quien figura como representante de la parte en el expediente. Esa representación se acredita mediante poder apud acta (esto es lo que otorga la facultad de representación) o mediante poder notarial. A partir de ahí, el juzgado entiende que las gestiones del procedimiento pasan por medio de esa representación.

Gestión de comunicaciones

Una parte esencial de las funciones de un procurador consiste en recibir notificaciones del órgano judicial (resoluciones, diligencias, requerimientos, señalamientos, traslados, etc.), en presentar escritos vinculados a la tramitación y ayuda a que el procedimiento avance, y en comunicar con el juzgado y otras representaciones.

Control de plazos y seguimiento del procedimiento

El proceso judicial está gobernado por plazos. Un plazo puede abrir la posibilidad de recurrir, de oponerse, de contestar o de subsanar un defecto. El procurador se ocupa del control de plazos procesales y del seguimiento de la causa, ya que en un procedimiento, un plazo perdido puede significar desde una multa hasta la pérdida del derecho a recurrir.

Coordinación técnica con el abogado

La coordinación entre procurador y abogado es cotidiana: mientras el abogado define la estrategia jurídica y redacta escritos de contenido argumental (demanda, contestación, recursos con fundamentación), el procurador se encarga de la parte procesal, la presentación y el seguimiento. En esa división de funciones se entiende mejor por qué el sistema mantiene ambas figuras en numerosos procedimientos.

Gestión económica

El procurador se encarga de pagar en nombre del cliente las tasas judiciales y los depósitos exigidos por la ley para que el procedimiento o los recursos puedan tramitarse correctamente. Gracias a esta función se evitan errores o retrasos en el proceso judicial, ya que el procurador garantiza que los pagos se realicen en plazo y de forma adecuada.

Intervención en subastas

El procurador, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil y al Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales puede intervenir en las subastas judiciales en representación de su cliente. Su función consiste en presentar posturas, realizar los trámites necesarios y supervisar el desarrollo de la subasta, asegurando que todas las actuaciones se efectúen correctamente y conforme a la ley, evitando errores que puedan invalidar la puja o retrasar la adjudicación.

En definitiva, el procurador garantiza que el proceso siga por el carril correcto y pueda desarrollarse con garantías.

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Más información

¿Cuándo se necesita un procurador?

La necesidad de un procurador depende del orden jurisdiccional (civil, penal, contencioso-administrativo o social/laboral), del tipo de procedimiento, de la cuantía y del órgano judicial competente.

Procedimiento civil

En el ámbito civil es donde más frecuentemente surge la necesidad del procurador. De forma general, en muchos procedimientos civiles se exige actuar con abogado y procurador, especialmente cuando el asunto es de una cuantía considerable o cuando el procedimiento es más complejo (por ejemplo, un juicio ordinario). Sin embargo, en procedimientos de menor cantidad económica o de tramitación más sencilla puede que no sea obligatorio, aunque conviene verificarlo antes de presentar nada.

Procedimiento penal

En lo penal, la necesidad del procurador varía más según el rol procesal (denunciante, investigado/acusado, acusación particular, perjudicado) y según la fase o el órgano judicial.

Es frecuente que para impulsar el procedimiento, se combine la representación del procurador ante el juzgado con la defensa del abogado, que se encarga de los argumentos y estrategias legales.

En otras situaciones, la relación con la Justicia puede empezar sin procurador (por ejemplo, presentando una denuncia), pero si el procedimiento avanza, se formaliza la intervención de profesionales según lo que exija el caso.

Procedimiento administrativo

En el orden contencioso-administrativo (cuando demandas o recurres decisiones de la Administración ante los tribunales), la representación también depende del órgano y del tipo de proceso.

En algunos casos puede haber flexibilidad en la presencia del procurador, pero en otros (sobre todo en instancias superiores o procedimientos con mayor formalidad) puede exigirse una representación profesional.

Procedimiento laboral

En el orden social (laboral), lo habitual es que el sistema sea más flexible con la representación en primera instancia. En muchos casos es posible acudir sin procurador y, según el tipo de actuación, con o sin profesional (aunque contar con asesoramiento suele ser muy recomendable).

Sin embargo, entrando en recursos judiciales o en fases procesales más técnicas, es frecuente que se requiera la intervención de profesionales (a menudo abogado o graduado social). El procurador puede intervenir, pero no siempre es la figura más habitual en el procedimiento laboral, y su necesidad dependerá del caso concreto.

¿Cuál es la diferencia entre abogado y procurador?

  • El abogado se ocupa de la dirección técnica y la defensa jurídica: analiza el caso, define estrategia, redacta escritos con argumentación legal, negocia, asesora y defiende.
     
  • El procurador se encarga de la representación procesal y la gestión del procedimiento: plazos, notificaciones, presentación de escritos y seguimiento del expediente ante el juzgado.

En otras palabras: el abogado decide qué se va a hacer y por qué (la parte jurídica y estratégica) y el procurador se asegura de que se haga a tiempo y por el canal correcto ante el juzgado (la parte práctica y de trámite). Ambos se complementan: uno construye y defiende el caso, y el otro lo mantiene en marcha sin errores de plazos ni comunicaciones. Si quieres consultar más información sobre las diferencias entre estas profesiones puedes acceder a este artículo. En él, hacemos un repaso más detallado.

¿Cómo ser procurador en España?

El acceso a la profesión de procurador en España está vinculado a una formación jurídica y a un proceso de habilitación profesional regulado, con componentes formativos y de evaluación. Según la Ley 15/2021 de 23 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, el itinerario incluye:

  1. Formación universitaria con un grado en derecho o una formación equivalente que dé una base jurídica sólida en derecho procesal, civil, penal, administrativo, constitucional, etc.
     
  2. Formación especializada mediante un máster habilitante que abre la vía de acceso a las profesiones de la abogacía y la procura e incluye prácticas externas.
     
  3. Evaluación oficial de aptitud profesional para asegurar un estándar común mínimo para ejercer.
     
  4. Inscripción en el Colegio de Procuradores correspondiente, cumpliendo requisitos formales (titulación/habilitación, seguro, normas deontológicas, etc.).

    Más allá del itinerario formal, se necesitan desarrollar competencias organizativas, de escritura clara para trámites procesales, manejo de herramientas digitales y gestión documental, comunicación fluida con abogados, clientes y oficinas judiciales y conocimiento práctico del funcionamiento real de juzgados.

Resumen

En definitiva, un procurador es el profesional que representa la parte ante el juzgado y hace de enlace práctico con el tribunal para que el procedimiento esté bien encauzado. Un procurador en la práctica recibe notificaciones, controla plazos, presenta escritos de trámite, realiza personaciones y coordina con el abogado para que nada se quede sin atender en el expediente. 

La necesidad de un procurador depende del orden jurisdiccional y del tipo de procedimiento, aunque su presencia es especialmente habitual (y a menudo obligatoria) en el ámbito civil, mientras que en el ámbito penal, contencioso-administrativo y laboral la exigencia varía según el caso, la fase y el órgano. Por último, es importante recordar que el abogado se encarga de la estrategia y defensa jurídica, y el procurador de la representación y la gestión procesal. Para ejercer la profesión de procurador hay que cumplir con un itinerario formativo y de habilitación regulado, desarrollando además habilidades clave como organización, precisión y manejo de plazos.

Fuentes empleadas (oficiales y contrastadas)